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Desde el 1 de enero de 2023 los autónomos cotizan a la Seguridad Social en función de sus rendimientos netos, no de una base que eligen libremente. El sistema lo introdujo el Real Decreto-ley 13/2022 y funciona en tres tiempos: eliges una base provisional según lo que prevés ganar, la ajustas durante el año si cambian tus previsiones y, al año siguiente, la Seguridad Social la regulariza con los datos de Hacienda.
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Cómo funciona el sistema
Al darte de alta (lo explicamos en la guía de alta de autónomo) o cuando cambien tus previsiones, estimas el promedio mensual de tus rendimientos netos del año. Esa cifra te sitúa en un tramo, y dentro de él eliges una base de cotización entre la mínima y la máxima. Sobre esa base se aplica el tipo de cotización y sale la cuota mensual.
Si prevés ingresos por debajo del salario mínimo, puedes elegir una base de la tabla reducida, con cuotas más bajas. El resto de autónomos cotiza por la tabla general. Las bases que eliges durante el año son provisionales hasta la regularización.
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Tramos y bases de cotización en 2026
Mientras no se aprueben los presupuestos de 2026, el Real Decreto-ley 3/2026 mantiene para este año las tablas de 2025 del Real Decreto-ley 13/2022, con la base máxima de los tramos 11 y 12 actualizada. Estas son las cifras que publica la Seguridad Social en su página de bases y tipos de cotización:
| Tramo | Rendimientos netos (€/mes) | Base mínima (€/mes) | Base máxima (€/mes) |
|---|---|---|---|
| 1 | Hasta 670 | 653,59 | 718,94 |
| 2 | Más de 670 y hasta 900 | 718,95 | 900,00 |
| 3 | Más de 900 y menos de 1.166,70 | 849,67 | 1.166,70 |
| Tramo | Rendimientos netos (€/mes) | Base mínima (€/mes) | Base máxima (€/mes) |
|---|---|---|---|
| 1 | Desde 1.166,70 hasta 1.300 | 950,98 | 1.300,00 |
| 2 | Más de 1.300 y hasta 1.500 | 960,78 | 1.500,00 |
| 3 | Más de 1.500 y hasta 1.700 | 960,78 | 1.700,00 |
| 4 | Más de 1.700 y hasta 1.850 | 1.143,79 | 1.850,00 |
| 5 | Más de 1.850 y hasta 2.030 | 1.209,15 | 2.030,00 |
| 6 | Más de 2.030 y hasta 2.330 | 1.274,51 | 2.330,00 |
| 7 | Más de 2.330 y hasta 2.760 | 1.356,21 | 2.760,00 |
| 8 | Más de 2.760 y hasta 3.190 | 1.437,91 | 3.190,00 |
| 9 | Más de 3.190 y hasta 3.620 | 1.519,61 | 3.620,00 |
| 10 | Más de 3.620 y hasta 4.050 | 1.601,31 | 4.050,00 |
| 11 | Más de 4.050 y hasta 6.000 | 1.732,03 | 5.101,20 |
| 12 | Más de 6.000 | 1.928,10 | 5.101,20 |
Qué porcentaje se paga
Sobre la base elegida se aplican estos tipos, según la Seguridad Social para 2026: 28,30 % por contingencias comunes, 1,30 % por contingencias profesionales, 0,90 % por cese de actividad, 0,10 % por formación profesional y 0,9 % por el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI). En total, un 31,5 % de la base.
Por ejemplo, con la base mínima del tramo 1 de la tabla general (950,98 €), la cuota sale a unos 299,56 € al mes; con la base mínima del tramo 1 de la tabla reducida (653,59 €), a unos 205,88 €. Son cálculos propios; el simulador de Import@ss da el importe exacto.
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- 653,59 €
- base mínima del tramo más bajo de la tabla reducida en 2026 (Seguridad Social)
- 950,98 €
- base mínima del tramo 1 de la tabla general en 2026 (Seguridad Social)
- 5.101,20 €
- base máxima de los tramos 11 y 12 en 2026 (Seguridad Social)
Cómo calcular tus rendimientos netos
La guía de trabajo autónomo de la Seguridad Social explica el cálculo. Se parte del rendimiento neto de todas tus actividades por cuenta propia según las normas del IRPF. Si estás en estimación directa, se le suman las cuotas de autónomo que has pagado, porque en el IRPF las habías restado como gasto. Al resultado se le aplica una deducción por gastos genéricos del 7 %, que baja al 3 % para los socios de sociedades de capital y de sociedades laborales que hayan estado de alta como autónomos al menos 90 días en el año.
Lo que obtienes se divide entre 12 para conocer el promedio mensual, que es la cifra que se compara con los tramos.
Cuándo puedes cambiar de base
Si tus ingresos van mejor o peor de lo previsto, puedes cambiar tu base hasta seis veces al año desde el servicio «Base de cotización y rendimientos» de Import@ss. El cambio no es inmediato, según la guía oficial:
- Si lo pides entre el 1 de enero y el último día de febrero, tiene efecto el 1 de marzo.
- Entre el 1 de marzo y el 30 de abril, el 1 de mayo.
- Entre el 1 de mayo y el 30 de junio, el 1 de julio.
- Entre el 1 de julio y el 31 de agosto, el 1 de septiembre.
- Entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre, el 1 de noviembre.
- Entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre, el 1 de enero del año siguiente.
Revisar tus números cada dos meses y ajustar la base ayuda a que la regularización salga cerca de cero. Para ese control te sirve la misma contabilidad que llevas para tus impuestos como autónomo.
La regularización anual
Una vez que Hacienda comunica tus rendimientos definitivos, la Tesorería General de la Seguridad Social compara las bases por las que cotizaste con las que te correspondían. No tienes que pedirlo: recibes una notificación electrónica con el resultado, que puede ser:
- A devolver: la Tesorería te devuelve la diferencia de oficio, sin intereses, antes del 30 de abril.
- A ingresar: tienes hasta el último día del mes siguiente a la notificación para pagar sin recargo. Si pagas en el mes siguiente a ese plazo, el recargo es del 10 %; después, del 20 %.
- Sin diferencias: no pagas ni cobras nada.
No se regularizan, entre otros, los periodos de tarifa plana, los meses en que cobras prestaciones como la incapacidad temporal o el nacimiento y cuidado de menor, ni los periodos de altas presentadas fuera de plazo hasta el mes de la solicitud.
Cómo no llevarte sorpresas
- Calcula tus rendimientos netos previstos con criterios del IRPF, sumando las cuotas y restando el 7 %.
- Elige la base del tramo que corresponde a tu promedio mensual.
- Revisa tus ingresos cada dos meses y ajusta la base si te has desviado.
- Guarda margen de tesorería por si la regularización sale a ingresar.
Preguntas frecuentes
¿Cuántos tramos de cotización hay para autónomos en 2026?
Quince: tres en la tabla reducida y doce en la tabla general. En 2026 se mantienen los tramos de 2025 por el Real Decreto-ley 3/2026, con la base máxima de los tramos 11 y 12 en 5.101,20 €.
¿Cuál es la cuota mínima de autónomos en 2026?
La base mínima más baja es de 653,59 € (tramo 1 de la tabla reducida). Con un tipo total del 31,5 %, la cuota sale a unos 205,88 € al mes, sin contar beneficios como la tarifa plana.
¿Qué pasa si gano más de lo previsto?
En la regularización te reclamarán la diferencia; tienes hasta el último día del mes siguiente a la notificación para pagarla sin recargo.
¿Cuántas veces puedo cambiar mi base de cotización?
Hasta seis veces al año. El cambio tiene efecto el día 1 del mes siguiente al bimestre en que lo solicitas.
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